Disposiciones Generales:
Responsabilidad por Incumplimiento: El incumplimiento de los plazos establecidos será reportado a los órganos de control y podrá generar sanciones disciplinarias.
Universalidad del Presupuesto: Todos los gastos e ingresos deben registrarse conforme a las normas de control presupuestal.
Cronograma de Cierre: aquí se detalla fechas límite para varias actividades clave, como la radicación de solicitudes (CDP para bienes y servicios, RP, avances, viáticos, etc.), legalización de fondos, radicación de cuentas para pago y constitución de reservas presupuestales. . Las fechas más importantes son:
Hasta el 6 de diciembre de 2024: Solicitudes de RP.
Hasta el 11 de diciembre de 2024: Radicación de cuentas para pago.
Hasta el 20 de diciembre de 2024: Recepción de facturas para trámite de ingreso y solicitud de reservas presupuestales.
Instrucciones Específicas:
Las dependencias académicas y administrativas deben garantizar la radicación de documentos soportes en las fechas indicadas.
Tesorería y Planeación deben asegurar el cierre de cuentas y el seguimiento al uso de apropiaciones.
Reservas Presupuestales: Las reservas presupuestales solo podrán constituirse bajo situaciones excepcionales, como situaciones de fuerza mayor o eventos imprevistos que impidan la ejecución de los compromisos dentro de la vigencia fiscal.
Las cuentas deben tramitarse a tiempo para evitar retrasos y sanciones disciplinarias, de acuerdo con la Ley 1952 de 2019.
El incumplimiento en el registro de ingresos, costos y gastos dentro de la vigencia correspondiente generará responsabilidades.
Esta circular tiene como propósito asegurar un cierre adecuado de las cuentas y la correcta preparación para el inicio del nuevo ejercicio fiscal en 2025. Se solicita a todos los responsables cumplir con las fechas establecidas para garantizar un proceso ordenado y conforme a la normativa.
Soranne Amira Palacios: Jefa Financiera.